Es el único profesional legalmente habilitado y acreditado, para investigar sobre hechos y conductas privadas, técnico en investigación y aportación de pruebas. Es un profesional que ha superado 3 años de universidad, estudiando derecho (en todas sus ramas), psicología, criminología, tecnología y comunicaciones, etc. obteniendo el título de Experto en Criminología y Seguridad Pública, siendo obligatorio para ejercer la profesión el estar en posesión de la licencia TIP (Tarjeta de Identidad Personal), expedida por el Ministerio del Interior.
Los Informes de los Detectives Privados son válidos en los Tribunales siempre y cuando usted trate con profesionales autorizados con Licencia del Ministerio del Interior.
Totalmente. Los datos que se aportan a AEG Detectives Privados y la información resultante es confidencial antes, durante y después de la investigación.
En ningún caso. Estamos habilitados por Ley para realizar investigaciones y seguimientos, siempre que el encargo sea legítimo y el uso de la información adecuado. A la hora de contratar un detective es importante comprobar que posee la licencia del Ministerio del Interior y que está colegiado.
En AEG Detectives Privados solo aceptamos encargos legítimos que cumplan los siguientes requisitos: -Investigación de personas físicas o jurídicas que tengan una relación con el cliente en la actualidad o en el futuro de tipo familiar, contractual o laboral. -Finalidad legítima de la investigación como la toma de decisión o la aportación de pruebas en procesos judiciales.
AEG DETECTIVES está autorizada para ofrecer sus servicios en cualquier provincia del territorio nacional e incluso en investigaciones internacionales.
Cada caso es único y particular. AEG Detectives Privados realiza un tratamiento personalizado de cada problema, planificando los medios que garantizan la resolución en el mínimo tiempo posible: desde unas horas a días.
No, en investigaciones personales ya sean a familiares, parejas sentimentales, etc., es completamente ilegal y estaría cometiéndose un delito. Sólo si existe una relación laboral que justifique el uso del localizador se podría proceder a su instalación y seguimiento.
Definitivamente, no. Es un delito y únicamente está permitido previa autorización u orden judicial en una investigación oficial.
No, es ilegal intervenir llamadas, chats o redes wifi… , de demostrarse esta ilícita actividad , se estaría cometiendo un delito>tipificado en el Art. 197 del Código Penal tipificado con pena de prisión de uno a cuatro años y multa de 12 a 24 meses. En AEG DETECTIVES se recomiendan otros métodos que garanticen la consecución de resultados eficaces.
En el caso de empresas, si está permitido entrar en el correo corporativo. En el caso de particulares, investigar el correo particular o acceder a su contraseña es un delito tipificado en el Código Penal. Para disipar o confirmar sus sospechas, en AEG DETECTIVES, le aconsejaríamos otro tipo de investigación que conllevarían a los mismos fines.
Sí, la Ley nos permite investigar los datos aportados por padres para conseguir la matriculación de sus hijos, tales como: Empadronamientos ficticios( a veces, facilitan el domicilio de un familiar , alquilan un piso por unos meses cerca del centro o falsean los datos del lugar de trabajo), renta familiar, padres separados, familias monoparentales, etc.
Sí, podemos demostrar mediante pruebas válidas en un juicio cuando el progenitor realiza una actividad en la economía sumergida de manera continuada, con permanencia en el tiempo y con ingresos que constituyen su medio de vida. Las pruebas obtenidas por el detective privado son cruciales para probar que la ausencia de ingresos no es causa para dejar de pagar la pensión a ex-pareja e hijos.
Naturalmente, está legitimado para ello. En AEG DETECTIVES le aportaremos las pruebas necesarias para que la pensión pueda ser modificada. En caso necesario, las pruebas son ratificadas en sede judicial.
Art. 101 del Código Civil “El derecho a la pensión se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona”.
La investigación se dirige a la obtención de pruebas para demostrar la existencia de “una convivencia marital” de forma análoga a la matrimonial, al concurrir las circunstancias de habitualidad, estabilidad y permanencia en el tiempo.
Sí, la Ley nos permite investigar a un trabajador de baja para verificar el empleo del tiempo destinado a su recuperación o incapacidad y descubrir si se está realizando un trabajo similar de forma ilegal.
Trabajamos sobre todo como detectives privados en la comunidad de Andalucía.
Cómo detectives privados desarrollamos nuestros servicios en la provincia de Sevilla, Córdoba, Granada, Jaén, Málaga y también en la provincia de Ciudad Real y en la comunidad de Madrid.
Nos puede contactar por email
o bien por teléfono
o vía telefónica (34) 674 103 187